Conoce la ley integral trans y de igualdad LGTBI

Ley integral trans y de igualdad social y no discriminación de las personas LGTBI

¿Qué reivindicamos?

Reivindicamos la aprobación urgente de la Ley Integral Trans y de Igualdad Social y No Discriminación de las personas LGTBI, una ley estatal que garantizaría el Principio de Igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales intersexuales y otras minorías sexuales y de género. 

¿Por qué?

Las personas trans, al igual que el resto del colectivo LGTBI, seguimos viendo vulnerados a diario nuestros derechos humanos en España. Somos víctimas de acoso y violencias motivadas por la transfobia y sufrimos discriminaciones en todos los ámbitos de nuestra vida: sanitario, social, educativo, cultural, administrativo, etc.

En la actualidad, existen leyes autonómicas trans y/o LGTBI que reconocen y protegen los derechos del colectivo, pero no cubren la totalidad del territorio estatal ni están, en muchos casos, implementadas o dotadas de presupuesto. Además, hay determinadas competencias que son exclusivamente estatales y las leyes autonómicas no pueden abarcar.

En España, por tanto, las personas trans tenemos más o menos derechos en función de la comunidad autónoma en la que residimos. ¡Necesitamos una solución estatal que unifique y garantice los derechos de toda la ciudadanía LGTBI! 

¿Qué garantías daría esta ley a las personas trans?

Reconocimiento y dignificación de la diversidad

  • Las despatologización de las personas trans y su derecho de autodeterminación. La Organización Mundial de la Salud dejó de considerar la transexualidad una enfermedad en 2018. Sin embargo, la legislación española no se ha actualizado desde entonces y sigue considerando a estas personas “enfermas mentales”.
  • Que ninguna persona pueda ser presionada para ocultar, suprimir, negar, modificar o visibilizar forzosamente su orientación sexual, expresión y/o identidad de género, características sexuales o pertenencia a familia LGTBI.
  • La no discriminación por razón de orientación sexual, identidad y/o expresión de género o características sexuales en ningún ámbito.

Protección frente a las violencias

  • El acceso de las mujeres trans víctimas de violencia de género a la misma protección legal que cualquier otra mujer.
  • Fomento del respeto a la diversidad LGTBI en los centros educativos y la inclusión de protocolos específicos para abordar el acoso escolar por LGTBIfobia.
  • Recursos para prevenir, sensibilizar y erradicar el ciberacoso por LGTBIfobia.
  • Medidas de prevención para evitar conductas LGTBIfóbicas en todas sus formas. Se facilitarán los procesos de denuncia y se establecerán sanciones.
  • El derecho de las víctimas de delitos de odio por LGTBIfobia a recibir una reparación de los perjuicios que hayan sufrido, en los términos previstos en el ordenamiento jurídico.
  • La prohibición de las terapias de aversión destinadas a tratar de modificar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de las personas.
  • La atención especializada a las personas LGTBI víctimas de violencia en el ámbito familiar, sea intragénero o por LGTBIfobia.

Formación y sensibilización sobre las realidades LGTBI

  • La formación continua en materia LGTBI para el personal de los ámbitos de la salud, la educación, el mundo laboral, los servicios sociales, la Justicia, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o el personal público que participen en los procesos de solicitud de asilo, entre otros.

Atención a las realidades LGTBI para evitar discriminaciones en los servicios y recursos de la administración pública

  • Atención especializada a la población LGTBI solicitante de asilo en los procedimientos de concesión de protección internacional.
  • El derecho de no discriminación de personas LGTBI en residencias, centros de mayores, centros psiquiátricos, centros de atención a las personas con discapacidad u otros servicios públicos de atención socio-sanitaria.

Erradicación de las discriminaciones legislativas

  • El derecho de las parejas de mujeres a la filiación de sus descendientes en igualdad de condiciones a las parejas mixtas sin la obligatoriedad de contraer matrimonio antes de que el bebé nazca.
  • El acceso de todas las mujeres y personas con capacidad de gestar a las técnicas de reproducción asistida.

Protección de la salud

 

  • La incorporación de la perspectiva LGTBI en las políticas sanitarias.
  • Promoción del estudio y la investigación de las necesidades sanitarias específicas de las personas LGTBI.
  • Creación de campañas de educación sexual y prevención de infecciones de transmisión sexual que tengan en cuenta las necesidades y problemas de salud específicos de las personas LGTBI.
  • Protocolos para dar respuesta a las necesidades de salud sexual y reproductiva de las personas lesbianas, trans, bisexuales e intersex.
  • Eliminación de las prácticas de modificación genital en recién nacidos, salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan lo contrario en aras de proteger la salud de la persona recién nacida.

Prevención de las discriminaciones laborales

  • Creación de programas de fomento del empleo de las personas trans.
  • Prevención y eliminación de toda forma de discriminación por orientación sexual, identidad y/o expresión de género, características sexuales o pertenencia a una familia LGTBI, en materia de acceso y permanencia en el empleo.

 

¡Reivindica la #igualdadtrans!